Desde la publicación de la Orden APM/189/2018, de 20 de febrero, por la que se determina que los restos vegetales procedentes de la producción agroindustrial destinados a alimentación animal, son subproductos, todas las empresas deben de gestionar correctamente dichos restos, optando por otras opciones distintas a su gestión bajo la condición de residuo. Es decir,