La Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales (LSE) ofrece un novedoso mecanismo legal para la protección de todo el know-how y/o intangibles de todos los ámbitos empresariales, particularmente de aquellos en proceso de registro o no registrables. También para la industria alimentaria que no es siempre consciente de este potente instrumento legal para conservar el valor de sus empresas. Conocidos son los casos de fuga de un empleado clave que cogiendo la receta estrella de su anterior restaurante, obrador, conservera, bodega, etc, monta su propio negocio para comercializar dicho producto por sí mismo diluyendo considerablemente el valor de la empresa de la que proviene.
Consideramos que la LSE es el marco legal más adecuado para proteger no solo las cuestiones más básicas del know-how de las empresas alimentarias como las fórmulas y recetas, ingredientes, técnicas y métodos de fabricación o calidad sino también otras cuestiones relevantes como listas de proveedores, distribuidores, clientes, etc.
Obviamente nos referimos a aspectos del know-how que se quieren y se pueden mantener secretos, dentro de un círculo relativamente pequeño de personas (que puede incluir además de trabajadores y colaboradores a ciertos proveedores o clientes).Hay que tener en cuenta que no existe ningún otro mecanismo legal para proteger este tipo de informaciones que constituyen el know-how de la empresa, que ni son patentables, ni susceptibles de propiedad intelectual ni, en general, registrables.
Esta estrategia legal supone además una protección que trasciende el puro espacio geográfico español, alcanzando toda la Unión Europea -gracias a su armonización normativa- y, en realidad, a la mayor parte de las economías avanzadas, en cuanto gozan de regulaciones equivalentes.
Otra de las ventajas en la que queremos insistir es que se trata de un mecanismo jurídico relativamente económico. Lo único necesario es que la empresa en cuestión, debidamente asesorado por su abogado, se comprometa a desarrollar una cultura empresarial que incluya, además del fomento de la creación, la identificación y protección de su propiedad intelectual, industrial, know-how y secretos empresariales o comerciales en todos los niveles de la organización, la protección de estos secretos.
Eso sí elaborar esta estrategia requiere una coherencia y la colaboración de asesores legales y económicos a fin de cumplir los exigentes requisitos de la LSE. En particular resulta imprescindible, de un lado, inventariar la propiedad intelectual, industrial, know-how y secretos empresariales o comerciales. Y, de otro, poner en práctica las políticas y procedimientos de protección de dichos secretos.
En resumen la institución jurídica del secreto empresarial puede ser una vía idónea para proteger aspectos esenciales del Know How de las empresas alimentarias.