El pasado 29 septiembre, se publicó el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre. En esta normativa se fija el salario mínimo interprofesional para 2021.
Los importes establecidos deberán regir a partir del 1 de septiembre de 2021, para las personas trabajadoras fijas, eventuales o temporeras, así como para las empleadas y los empleados del hogar.
El salario mínimo establecido para cualquier actividad en la agricultura, industria y servicios, queda fijado en 32,17 €/día o 965€/mes.
Este importe se refiere a la jornada legal de trabajo en cada actividad, excluyendo del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. El importe será prorrateado si se realizase una jornada inferior.
Para más información consulte:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/29/pdfs/BOE-A-2021-15770.pdf