¿Qué es el acoso laboral y sexual?
Tal y como señala el artículo 7.1 de la Ley 3/2007 para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, el acoso sexual consiste en cualquier comportamiento de índole sexual cuyo objetivo sea atentar contra la dignidad de una persona, especialmente cuando dicha actitud crea un marco ofensivo, degradante e intimidatorio para la víctima.
La diferencia entre acoso laboral y acoso sexual es, que en el segundo caso existe una motivación sexual. Por otra parte, la diferencia entre acoso sexual y acoso sexual laboral es, que el segundo debe haberse producido dentro del entorno de trabajo.
¿Qué es un protocolo de acoso?
El Protocolo supone establecer políticas que contribuyan a mantener unos entornos laborales libres de acoso y discriminación ilícita y, a garantizar que sí se produjeran, se dispone de un protocolo de actuación y se conocen los procedimientos adecuados para tratar el problema y corregirlo. Persigue los siguientes objetivos:
- Previene y vela para que exista en la organización un ambiente exento de acoso laboral, sexual y por razón de sexo.
- Establecer un procedimiento que regule QUÉ y CÓMO hacer ante un posible caso de acoso
- Investigación garantista: Confidencialidad, agilidad, objetividad, contradicción y presunción de inocencia.
¿Es obligatorio en mi empresa?
La Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece en su artículo 48 que “las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo”.
Como consecuencia de la mencionada ley, se ha establecido como obligatorio para todas las empresas (independientemente del número de trabajadores), la elaboración de un Protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo, también llamado comúnmente ‘’Protocolo de Acoso’’. Se trata un documento que recoge los procedimientos de actuación y prevención del acoso sexual por razón de sexo en el trabajo.