La normativa nacional (Orden de 8 de marzo de 1994) que regulaba los carnés de biocidas uso ambiental y en la industria alimentaria (carné básico 20 horas) y carné cualificado (60 h), ya está derogada y por lo tanto esos carnés han dejado de existir.
Para quien estuviera en posesión de los carnés antes de julio de 2016, la fecha de caducidad del mismo se prorrogó 4 años más, hasta julio de 2020, aunque en los carnés apareciera la fecha como caducada, aunque debido a la situación generada por la aparición del Covid19 se ha vuelto a permitir una prorroga superior, teniendo los carnés antiguos validez hasta julio de 2021.
En la actualidad quien use los biocidas (detergentes, desinfectantes, insecticidas, rodenticidas…) en los ámbitos; ambiental y en la industria alimentaria, deberá disponer:
– Para quién use biocidas que en la etiqueta, su autorización de sanidad y ficha de datos de seguridad indique «DE USO POR PERSONAL PROFESIONAL», deberá hacer un curso de 20 horas de duración (R.D. 830/2010 de biocidas).
– Para quién use biocidas que en la etiqueta, su autorización de sanidad y ficha de datos de seguridad indique «DE USO POR PERSONAL ESPECIALIZADO», deberá tener una formación profesional en sanidad ambiental o similar o disponer de un certificado de profesionalidad de SERVICIO PARA EL CONTROL DE PLAGAS (que se puede obtener haciendo el certificado de 330 horas de duración o convalidándolo vía experiencia profesional) (R.D. 830/2010 de biocidas).
Si además, ese biocida de uso especializado fuera gas, habría que hacer otro curso de 40 horas y si además el biocida de uso especializado fuera T+ y CMR (muy tóxico, cancerígenos…) habría que hacer otro curso de otras 40 horas de duración.
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